¿Qué responsabilidad tiene la empresa ante delitos de empleados?

¿Qué responsabilidad tiene la empresa ante delitos de empleados?

¿Qué responsabilidad tiene la empresa ante delitos de empleados?

¿Qué pasa si un empleado comete un delito en nombre de mi empresa? ¿Quién es el responsable de estos delitos?

Responsabilidad de la empresa

Dependiendo del delito, la codena penal puede recaer exclusivamente en el empleado o directivo, o afectar a la empresa o entidad de la que forma parte. Si se da el caso de que una organización es condenada penalmente como una persona jurídica, ésta deberá abonar la multa derivada de la condena, y además se convertirá en la responsable civil solidaria. ¿Qué quiere decir? Que deberá pagar por los daños y perjuicios derivados del acto delictivo junto con la persona que cometió el delito.

Por lo contrario, aunque la empresa no sea responsable penal del delito, sí que será responsable civil subsidiaria por los hechos cometidos por sus empleados. Esto dice que, en caso de que el autor del delito (empleado) sea insolvente, la empresa podría tener que abonar la cantidad impuesta de indemnización.

En resumen, si hay condena penal de la empresa, la responsabilidad es solidaria, pero si la pena recae sobre el empleado o directivo, la responsabilidad de la entidad es subsidiaria.

¿Puede ser condenada la empresa por los actos del empleado?

Como ya hemos visto en el punto anterior, sí. Por ello, desde Modus Detective siempre recomendamos un correcto control del personal de la empresa y sus actos. Es legítimo para el empresario incorporar las herramientas de control y vigilancia que considere oportunas, además de estar dentro del marco de la ley, como las cámaras ocultas.

¿Es posible que la empresa evite la pena?

El Código Penal se contemplan dos casos en los que la empresa podría verse exonerada de su responsabilidad penal en caso de producirse un delito en la actividad empresarial:

  1. Si la empresa ha colaborado en la investigación del hecho aportando pruebas, en cualquier momento del proceso, que fueran nuevas y decisivas para esclarecer las responsabilidades.
  2. Si la empresa ha establecido, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica.

En el primer caso, lo recomendable es contar con la colaboración de un detective privado para que éste aporte pruebas desde un punto de vista objetivo, externo e imparcial. Además, debemos recordar que es el único profesional habilitado para ejercer este tipo de investigación. El segundo caso hace referencia al plan de prevención de delitos del que hablaremos a continuación:

Plan de prevención de delitos

Desde el 2015, las empresas están obligadas a tener un programa de cumplimiento normativo interno y establecer medidas de control y prevención de riesgos penales.  Los detectives privados están capacitados para crear este plan de prevención de delitos. Esta estrategia hace que disminuyan las probabilidades de que se cometan acciones ilícitas dentro de la empresa, y así evitar tener que responder penal o civilmente por ellas.